Seguro de impago de alquiler para propietarios en toda España

Si alquilas una vivienda, el riesgo que más pesa no es una avería: es que el inquilino deje de pagar y el desahucio tarde meses. El seguro de impago de alquiler responde de las rentas que no cobras y, según la póliza, de los gastos del procedimiento para recuperar la vivienda.

Somos correduría y trabajamos con varias compañías. Antes de hablar de primas miramos el contrato, la renta y a quién vas a alquilar, porque cada compañía estudia al inquilino a su manera y de ese estudio depende que la póliza se pueda contratar y con qué condiciones.

Qué miramos contigo

  • Cuántos meses de renta responde la póliza por siniestro y desde qué mes impagado empieza a pagar: es la cifra que marca cuánto tiempo aguantas sin cobrar.
  • El periodo de carencia: los días desde la contratación en que un impago todavía no está cubierto, y si desaparece cuando el seguro se contrata a la vez que se firma el contrato.
  • El estudio de solvencia del inquilino: qué documentación pide la compañía (nóminas, contrato de trabajo, declaración de la renta) y si hace falta aprobarlo antes de firmar.
  • La defensa jurídica: si incluye el procedimiento de desahucio y la reclamación de las rentas, con abogado y procurador, y con qué límite de gastos.
  • Los daños que deja el inquilino al irse (actos vandálicos) y los suministros impagados: muchas pólizas los incluyen solo como garantía opcional y con su propio límite.
  • Qué pasa en la renovación si ya ha habido un impago, y si la póliza sigue al contrato cuando cambia el inquilino.

Tu ventana para decidir

¿Cuándo vence tu póliza?

La ley pone dos plazos antes de cada renovación: la compañía tiene que avisarte de cualquier cambio con dos meses de antelación, y tú puedes decir que no renuevas hasta un mes antes. Lo que queda entre los dos es tu margen para decidir.

Esta página es para ti si…

  • Vas a alquilar tu vivienda y quieres tener cubierto el peor escenario antes de entregar las llaves.
  • Ya tienes un inquilino y quieres asegurar las rentas de un contrato que está en vigor.
  • Tienes varias viviendas alquiladas y prefieres que sea una persona quien revise cada contrato y cada inquilino.
  • Tu póliza actual se renueva y no sabes cuántos meses cubre de verdad ni qué documentación te van a pedir si hay un impago.

Preguntas frecuentes

¿Qué cubre un seguro de impago de alquiler?

La garantía principal son las rentas que el inquilino deja de pagar, durante un número de meses que fija la póliza. Suelen acompañarla la defensa jurídica para el desahucio y la reclamación de la deuda, y como opciones los daños por actos vandálicos y los suministros impagados. Qué incluye exactamente y con qué límites lo dice cada póliza, y es lo que revisamos antes de contratar.

¿Se puede contratar con el inquilino ya dentro de la vivienda?

Muchas compañías lo admiten, pero suelen pedir que esté al corriente de pago y, en algunos casos, un estudio de solvencia igual que para un contrato nuevo. La carencia inicial suele ser más larga en ese caso. Lo comprobamos compañía por compañía con tu contrato delante.

¿Qué pasa si la compañía rechaza al inquilino?

Si el estudio de solvencia sale negativo, esa póliza no se puede emitir para ese inquilino. Como correduría podemos presentarlo a otra compañía con criterios distintos, o ver con qué garantía adicional o avalista encaja. Por eso conviene hacer el estudio antes de firmar el contrato de alquiler, no después.

¿La prima del seguro de impago desgrava?

Si declaras los ingresos del alquiler en el IRPF, las primas de los seguros de la vivienda alquilada se restan como gasto de esos rendimientos, y entre ellas la del seguro de impago. Confírmalo con tu asesor fiscal al hacer la declaración.

Otros seguros que llevamos

¿Ya tienes este seguro con otro mediador? Puedes cambiar de correduría sin tocar tu póliza: mismas coberturas, mismo precio y mismo número.

Que te llamemos

Sin compromiso y sin coste. Te contesta una persona. Como corredores nos paga la compañía, con una comisión sobre la prima: tú no pagas honorarios por la mediación.

Con un teléfono o un correo nos basta; no hacen falta los dos.

No hace falta que incluyas datos médicos, DNI ni matrículas: si hacen falta, te los pedimos luego por un canal seguro.

Responsable: Alberto Suárez Gutiérrez (Grupo ASegura). Finalidad: atender tu solicitud y prepararte un presupuesto. Legitimación: tu consentimiento y las gestiones previas que pides con él. Destinatarios: las entidades aseguradoras a las que consultemos precio, y los proveedores que tratan datos por cuenta nuestra. Conservación: un año desde el último contacto si no llegamos a trabajar juntos. Derechos: acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad escribiendo a hola@grupoasegura.es, y reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Información completa · información del mediador.