Cómo dar de baja el seguro del coche según tu caso
El seguro del coche se da de baja de forma distinta según el motivo. Si solo quieres no renovar, hay que avisar por escrito un mes antes del vencimiento. Si vendes el coche o lo llevas al desguace, se comunica a la compañía con el documento que lo prueba. Y mientras el coche siga matriculado y sin baja en Tráfico, tiene que estar asegurado aunque no lo muevas.
Si quieres cambiar de seguro: no renovar
Es el caso más habitual. El seguro del coche es anual y se prorroga solo. Para que no se renueve, el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro exige comunicarlo por escrito con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento.
Si vence el 10 de abril, el último día para que llegue tu aviso es el 10 de marzo. Pasada esa fecha, la póliza se renueva un año más aunque no hayas pagado el recibo.
Y antes de dar la baja, ten firmado el seguro nuevo con efecto el mismo día en que termina el anterior. Un solo día entre los dos es un día circulando sin seguro.
Si vendes el coche
Comunica la venta a tu compañía por escrito en cuanto la firmes, con una copia del contrato de compraventa o del justificante del cambio de titularidad en Tráfico. Es la prueba de que desde ese día el coche ya no es tuyo.
Qué pasa con la parte de prima que ya pagaste y no vas a usar depende de las condiciones de tu póliza: muchas compañías la devuelven y otras la aplican a un coche nuevo si sigues con ellas. Pregúntalo por escrito y pide que te lo confirmen.
Hasta que el cambio de titularidad esté hecho, el coche sigue constando a tu nombre. Por eso conviene tramitarlo el mismo día de la venta.
Si lo llevas al desguace
Un centro autorizado de tratamiento te entrega el certificado de destrucción y tramita la baja definitiva en Tráfico. Con ese documento pides a la compañía la anulación del seguro.
Igual que en la venta, lo que ocurra con la prima no consumida depende de tu póliza: pide la devolución por escrito, adjuntando el certificado.
Si lo tienes parado
Un coche matriculado tiene que estar asegurado aunque no circule y esté aparcado en un garaje. Quitarle el seguro sin más te expone a una multa y, si ocurre algo, a responder tú de los daños.
La salida legal es pedir en Tráfico la baja temporal del vehículo. Mientras dure, no está obligado a tener seguro, y puedes volver a darlo de alta cuando lo necesites.
Si acabas de contratarlo y te arrepientes
Si lo contrataste por internet o por teléfono, normalmente tienes un plazo de catorce días desde la contratación para desistir sin dar explicaciones. Revisa tu póliza: debe indicar el plazo y cómo ejercerlo.
Si lo contrataste en una oficina, no hay ese derecho general y se aplica lo que digan las condiciones.
Lo que no hay que hacer
Dejar de pagar el recibo no es dar de baja el seguro. Un impago no es una comunicación por escrito y tiene consecuencias propias, peores que renovar un año más.
Tampoco sirve una llamada sin más: si luego hay discusión, lo que cuenta es el escrito y su fecha. Guarda siempre el justificante del envío.
Preguntas frecuentes
¿Con cuánta antelación tengo que avisar para no renovar el seguro del coche?
Al menos un mes antes de la fecha de vencimiento, y por escrito. Si avisas más tarde, la póliza se renueva un año más.
¿Me devuelven el dinero si vendo el coche?
Depende de las condiciones de tu póliza. Muchas compañías devuelven la parte de prima que no se ha usado o la aplican a otro coche. Pídelo por escrito con el justificante de la venta.
¿Puedo quitar el seguro si el coche está parado en el garaje?
No, mientras siga matriculado y de alta en Tráfico. Para no tener que asegurarlo hay que pedir su baja temporal.
¿Dejar de pagar el recibo da de baja el seguro?
No. Un impago no es una comunicación de baja y puede traerte problemas con la compañía. La baja se comunica por escrito y en plazo.
Normativa citada
- Artículo 22 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. El contrato se prorroga salvo oposición. El tomador debe comunicarla con al menos un mes de antelación al vencimiento; el asegurador, con dos meses. Texto en el BOE
Este artículo informa con carácter general y no sustituye al análisis de tu póliza concreta.